Proyecto de Ley: Eliminar la reelección indefinida en las Asociaciones Sindicales

 

“En los últimos tiempos estamos asistiendo en el Poder Legislativo Nacional y legislativos provinciales a proyectos que buscan sanear, reformular y plantear  nuevas alternativas para el mejor funcionamiento de las instituciones democráticas. Uno de los cambios que se esta proponiendo, es la limitación de las reelecciones indefinidas en distintos ámbitos, por ejemplo, proyectos que pretender limitar las sucesivas reelecciones de Intendentes, Legisladores, Nacionales y provinciales. Medida que naturalmente  acompañamos porque no conocemos otra manera de ejercer en poder si no es a través de la alternancia en el mismo”

“Es por eso que este proyecto que presento, está dirigido en el mismo sentido, en la necesidad de darle mejor funcionalidad y poner fin a los mandatos eternos en todos los estamentos del Estado y en este caso en las Asociaciones Sindicales. Tenemos que comprender definitivamente que para que funcionen las instituciones, no es necesario fortalecer a una persona en el cargo, sino que lo que necesitamos es vigorizar las instituciones. En democracia son ellas las que tienen que ser fuertes y dinámicas. Este proyecto para nada se opone al normal funcionamiento de las Asociaciones Sindicales sino que busca que haya alternancia en el poder, que le ponga fin a esos mandatos perpetuos que a veces terminan bajo un manto de sospecha sobre irregularidades o formas de conducción que no son los que se comparecen con los deseos de los trabajadores”.

“Es cierto que las autoridades son elegidas legítimamente por el voto de sus afiliados, pero no es bueno que tengamos sindicatos con autoridades que se eternicen, en algunos casos  con más de 20 años ejerciendo la máxima autoridad”, argumentó la diputada nacional Soledad Carrizo

En definitiva, lo que básicamente se propone es la modificación del artículo 17 de la Ley 23.551 que rige el funcionamiento de las Asociaciones Sindicales y en dicha modificación se establece en primer término, que la dirección y administración sean ejercidas por órgano compuesto por un mínimo de cinco (5) miembros, elegidos en forma que asegure la voluntad de la mayoría de los afiliados o delegados congresales mediante el voto directo y secreto. Además, los mandatos no podrán exceder de cuatro años, teniendo derecho a ser reelegido por otro período de 4 años. Para poder ser electo nuevamente, deberá esperar fuera del cargo un período de la misma cantidad de años.

También se establece que las Asociaciones Sindicales que deban modificar sus estatutos para que queden en concordancia con esta modificación de la ley, lo podrán hacer dentro del plazo de un año de la promulgación de la misma. Si el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social comprobare incumplimiento de este requisito, se deberán aplicar las sanciones correspondientes.

Finalmente, las primeras elecciones que se realicen estando en vigencia esta ley, para los dirigentes que buscan renovar su cargo y ganaren por voluntad de los electores, se considerará que comienza su segundo mandato y al final de éste no tendrá posibilidad de ser reelecto.

En síntesis, “la reforma política es uno de los ejes centrales de estos tiempos en la política argentina, por eso, sin esperar a elaborar un proyecto reformador de todo lo que se pretende transformar, es bueno también ir avanzando con iniciativas dirigidas a diferentes cuestiones que estamos convencidos llegó la hora de modificarlas para un mejor funcionamiento y desarrollo democrático de las instituciones, para que el descreimiento sobre algunos sindicatos no los lleve a la crisis que hace unos años vienen sufriendo las Asociaciones Sindicales de la Unión Europea con la constante desafiliación de los trabajadores”, concluyo la legisladora cordobesa.

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